TRAMITAMOS SU BAJA DE FORMA TOTALMENTE GRATUITA
BAJAS
La baja es el trámite por el que el titular de un vehículo comunica al Registro de la Dirección General de Tráfico que lo retira de la circulación (temporal o definitivamente).
Los requisitos para dar de baja un vehículo son diferentes en función del tipo de baja que pretendas realizar:
BAJAS DEFINITIVAS
Por Centro Autorizado de Tratamiento (desguace autorizado)
Se trata del supuesto en el que el titular del vehículo ha decidido desprenderse del mismo por su estado de antigüedad. La tramitación es diferente en función del tipo de vehículo que se pretende entregar:
- Turismos y furgonetas hasta 3.500 kgs
En este caso, la baja la tramitamos desde nuestro Centro Autorizado de Tratamiento, previa entrega del mismo. La tramitación se efectúa del siguiente modo:
- Entrega al Centro el vehículo junto con la documentación
- Firma la solicitud de baja que te entregará el Centro
En el Centro te entregamos dos documentos:
- El certificado de destrucción del vehículo
- El justificante de la baja definitiva de la Dirección General de Tráfico indicativo de que el vehículo ha sido dado de baja en el Registro. Este documento te servirá para acreditar ante cualquier Administración que tu vehículo ha causado baja en Tráfico.
Además este documento dispone de un sistema de verificación que permite comprobar por Internet su autenticidad.
- Resto de vehículos
En este caso no es obligatorio llevar el vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento. Sin embargo, si es recomendable. Además, si lo llevas a un Centro Autorizado de Tratamiento, no abonarás tasa alguna. Si finalmente decides no acudir a un Centro, debe dar de baja el vehículo en la Jefatura de Tráfico. Para ello deberás aportar:
- Solicitud, debidamente rellenada (Anexo 4)
- Documentación del vehículo (permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica)
- Tasa de baja (salvo que el vehículo tenga más de 15 años). La tasa se abona en la caja de la Jefatura de Tráfico
- Por traslado del vehículo a otro país (Anexo 5)
Se trata del supuesto en el que el titular de un vehículo ha decidido su traslado al extranjero, causando por tanto baja en el Registro español de vehículos. La baja se realiza en las Jefaturas de Tráfico (o a través de un Gestor Administrativo). Para ello deberás aportar:
- Solicitud, debidamente rellenada (Anexo 4)
- Documentación del vehículo (permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica)
- Tasa de baja
- Documentación fiscal correspondiente
- Anexo baja por traslado (Anexo 6)
BAJAS TEMPORALES
- A) Por motivos personales
- b) Por haber entregado el vehículo a un compraventa
- c) Por sustracción del vehículo
A continuación le mostramos, según los casos, la documentación necesaria para el trámite:
SI EL TITULAR ESTA PRESENTE
- Fotocopia DNI
- Permiso de Circulación
- Ficha Técnica
SI EL TITULAR NO ESTA PRESENTE
- Imprescindible un autorizado
- Documento de autorización firmado por ambos, titular y autorizado (Anexo 1)
- Fotocopia DNI del titular y autorizado
- Permiso de Circulación
- Ficha Técnica
VEHICULO DE EMPRESA
- Fotocopia del CIF de la empresa
- Fotocopia de la primera hoja de la escritura (donde aparece el administrador)
- Fotocopia de la última hoja de la escritura
- Fotocopia DNI del administrador
- Autorización de la empresa a la persona autorizada a tramitar la baja (Anexo 1)
- Fotocopia DNI de la persona autorizada
TITULAR FALLECIDO
- Fotocopia DNI del titular del vehículo
- Fotocopia del Certificado de Defunción
- Permiso de Circulación
- Ficha Técnica
- Fotocopia del Testamento o Declaración de Herederos (en caso de no existir, fotocopia del libro de familia donde aparezca el titular y los herederos
- Documento de Autorización hacia el representante que estará presente en el momento de la retirada del vehículo y firma del certificado de destrucción (puede ser uno de los herederos o persona ajena a la familia). En este documento deberán aparecer todos los nombres completos, los nº de DNI y tendrá que estar firmado por todos y por el autorizado (en caso de que éste sea distinto de alguno de los herederos, adjuntar también fotocopia de DNI) (Anexo 2)
DOCUMENTACION EXTRAVIADA
- Documento firmado por el titular (Juramento de extravío de Documentación) (Anexo 3)
- En caso de robo, deberá presentar también una copia de la denuncia.
- DNI del titular